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Impuestos al vender una vivienda en 2026: guía clara con ejemplos

4 min lecturaHouzik
Impuestos al vender una vivienda en 2026: guía clara con ejemplos

Vender una casa no es solo cobrar: Hacienda y el ayuntamiento se llevan su parte. Y la sorpresa llega cuando, meses después, la declaración de la renta recuerda que aquella venta dejó un impuesto que nadie calculó. Esta guía te explica qué pagas al vender, con ejemplos, y las exenciones que pueden dejar la factura en cero.

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Aviso

Este artículo es informativo y orientativo, no asesoramiento fiscal. Los tipos, tramos y requisitos pueden cambiar y dependen de tu comunidad autónoma y tu situación. Antes de la venta, contrasta los números con tu asesor.

Los dos impuestos del vendedor

Como vendedor te afectan dos:

  1. Ganancia patrimonial en el IRPF — sobre el beneficio que obtienes.
  2. Plusvalía municipal (IIVTNU) — sobre el incremento de valor del suelo, la cobra tu ayuntamiento.

(El IVA o el ITP los paga el comprador, no tú.)

1. La ganancia patrimonial en el IRPF

Es el impuesto principal. Se calcula sobre lo que has ganado de verdad con la venta:

Ganancia = Valor de transmisión − Valor de adquisición

  • Valor de transmisión: precio de venta − gastos e impuestos que asumes al vender (comisión de agencia, plusvalía, etc.).
  • Valor de adquisición: precio al que compraste + gastos e impuestos de aquella compra (ITP/IVA, notaría, registro) + mejoras (no reparaciones) que hayas hecho.

Sobre esa ganancia se aplica la escala del ahorro del IRPF, por tramos:

Tramo de gananciaTipo (2026, orientativo)
Hasta 6.000 €19%
6.000 – 50.000 €21%
50.000 – 200.000 €23%
200.000 – 300.000 €27%
Más de 300.000 €30%

Un ejemplo con números

Compraste un piso por 150.000 € (con 15.000 € de gastos de compra) y lo vendes por 230.000 € (con 12.000 € de gastos de venta):

  • Valor de adquisición: 150.000 + 15.000 = 165.000 €
  • Valor de transmisión: 230.000 − 12.000 = 218.000 €
  • Ganancia: 218.000 − 165.000 = 53.000 €
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Por qué contar bien los gastos importa

En el ejemplo, sumar los gastos de compra y restar los de venta redujo la ganancia de 80.000 € (la mera diferencia de precios) a 53.000 €. Cada factura de notaría, registro, ITP o mejora que conserves es ganancia que no tributa. Guarda los papeles de cuando compraste.

2. La plusvalía municipal

Grava el incremento de valor del suelo desde que compraste hasta que vendes, y la cobra el ayuntamiento. Tras la reforma de 2021 hay dos novedades clave:

  • Puedes elegir el método de cálculo más favorable (objetivo, sobre el valor catastral del suelo; o real, sobre la ganancia efectiva del suelo).
  • Si vendes con pérdidas respecto a lo que pagaste, no hay plusvalía. Por eso es vital conservar la escritura de compra.

Pide siempre los dos cálculos

Antes de liquidar la plusvalía, pide o calcula los dos métodos y quédate con el menor. En viviendas compradas hace pocos años, el método real suele salir más barato; en las de hace décadas, a veces gana el objetivo.

Las exenciones que pueden dejarlo en cero

La ganancia patrimonial tiene salidas legales muy potentes:

  • Reinversión en vivienda habitual: si vendes tu vivienda habitual y reinviertes el importe en otra vivienda habitual en un plazo de dos años, la ganancia reinvertida queda exenta.
  • Mayores de 65 años: la venta de la vivienda habitual por una persona de 65 o más años está exenta de la ganancia patrimonial, sin obligación de reinvertir.
  • Renta vitalicia (mayores de 65): reinvertir lo obtenido en una renta vitalicia asegurada (hasta cierto límite) también exime la ganancia.
  • Dación en pago de la vivienda habitual: exenta.
Cuánto puedes ahorrar con una exención (ganancia de 53.000 €)
Sin exención (IRPF)11.050 € de impuestoReinversión total en vivienda0 € de impuestoVendedor +65 años (habitual)0 € de impuesto
Estimación del IRPF sobre una ganancia de 53.000 € aplicando los tramos del ahorro. Las exenciones de reinversión total y de mayores de 65 sobre vivienda habitual pueden dejar la cuota en cero. Orientativo.

El error que sale caro: no contar el impuesto al fijar el precio

Mucha gente decide el precio de venta pensando solo en lo que quiere ingresar, y olvida que de ahí salen la comisión, la plusvalía y, en la renta del año siguiente, la ganancia patrimonial. Calcula tu neto real después de impuestos antes de aceptar una oferta.

Y todo empieza por un dato: cuánto vale tu casa. De ahí se deriva la ganancia, los impuestos y tu neto.

En resumen

  • El vendedor paga ganancia patrimonial (IRPF) y plusvalía municipal.
  • La ganancia se calcula sobre el beneficio real: suma los gastos de compra y las mejoras para reducirla.
  • La plusvalía municipal te deja elegir el método más favorable y no se paga si vendes con pérdidas.
  • Hay exenciones potentes: reinversión en vivienda habitual y venta por mayores de 65 años pueden dejar el IRPF en cero.
  • Calcula tu neto después de impuestos antes de cerrar el precio.

Preguntas frecuentes

¿Qué impuestos paga el vendedor de una vivienda?

Dos principalmente: la ganancia patrimonial en el IRPF (sobre el beneficio de la venta) y la plusvalía municipal (sobre el incremento de valor del suelo). El comprador paga otros impuestos distintos (IVA o ITP), pero esos no te afectan como vendedor.

¿Cómo se calcula la ganancia patrimonial?

Es la diferencia entre el valor de transmisión (precio de venta menos gastos e impuestos de la venta) y el valor de adquisición (precio de compra más gastos, impuestos y mejoras). Sobre esa ganancia se aplica la escala del ahorro del IRPF, que en 2026 va por tramos desde el 19% hasta el 30% para las ganancias más altas.

¿Puedo no pagar nada por la ganancia patrimonial?

Sí, en varios casos: si reinviertes el importe en otra vivienda habitual dentro de dos años, si tienes 65 años o más y vendes tu vivienda habitual, o si reinviertes en una renta vitalicia siendo mayor de 65. También se exime la dación en pago de la vivienda habitual. Cada exención tiene requisitos estrictos.

¿Quién paga la plusvalía municipal en 2026?

La paga el vendedor. Desde la reforma de 2021 puedes elegir el método de cálculo más favorable (objetivo o real) y, si vendes con pérdidas respecto a lo que pagaste, no hay plusvalía. Conserva las escrituras de compra y venta para poder demostrarlo.

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